La contraloría y sus funciones

Uno de los órganos más importantes de las instituciones que conforman la administración pública y es muy subestimada, es definitivamente la Contraloría General del Estado. Muchos se olvidan de que la administración pública, aunque pública (valga la redundancia), funciona igual estructuralmente que una empresa privada, por supuesto que con otros objetivos prioritarios. No obstante, no deja de ser una organización que también necesita ser auditada.

Carlos Riofrío González asumió como contralor general del Estado subrogante en junio del 2021, cuando Pablo Celi renunció al cumplir una orden de prisión preventiva por presunta delincuencia organizada. Este martes termina el periodo constitucional para el que fue electo Carlos Pólit y que él subroga. Foto: Ronald Cedeño Foto: El Universo

En el artículo 211 de la Constitución de la República del Ecuador están detalladas las funciones específicas por las que la institución trabaja. Escrito está que la Contraloría debe, en primer lugar, “dirigir el sistema de control administrativo, que se compone de auditoría interna, auditoría externa y del control interno de las entidades del sector público y de las entidades privadas que dispongan de recursos públicos”. Entre las demás funciones, están “determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal, …, sin perjuicio de las funciones que en esta materia sean propias de la Fiscalía General del Estado”, “expedir la normativa para el cumplimiento de sus funciones”, “asesorar a los órganos y entidades del Estado cuando se le solicite”.

Por otro lado, el artículo 1 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado (LOCGE) menciona que dicha institución “dirige el sistema de control, fiscalización y auditoría del Estado y regula su funcionamiento, con la finalidad de examinar, verificar y evaluar la utilización de recursos, administración y custodia de bienes públicos”. Dicha institución es parte de la Función de Transparencia y Control Social, y actualmente el puesto de contralor General del Estado se encuentra vacante. No obstante, hace aproximadamente un mes la Asamblea Nacional aprobó con 131 votos el proyecto de reformas a la Ley Orgánica de la Contraloría del Estado, en el que se presentan nuevas formas de reemplazar al contralor por ausencia temporal y definitiva. Por un lado, la ausencia temporal plantea el acto de subrogación por parte del subcontralor. Por otro lado, para la ausencia definitiva del contralor, entraría en materia el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS): el mismo designaría como contralor a la siguiente persona mejor puntuada.

Por ahora el contralor del Estado subrogante Carlos Riofrío González, se mantendría en dicho cargo hasta que el CPCCS termine el concurso para encontrar otro contralor. Dicho contralor subrogante habría asumido el cargo en junio 2021, cuando Pablo Celi presenta una renuncia debido al cumplimiento de una orden de prisión preventiva, debido a posible delincuencia organizada.

Es vital que el CPCCS intervenga correctamente para el buen funcionamiento de la Contraloría General del Estado. Si bien se necesita transparencia en toda institución pública, esta institución es la que más necesita. Pues este es el filtro de todas las demás instituciones y, si existe corrupción en la Contraloría, da paso para corrupción en las demás. Como en una empresa privada, la sociedad ecuatoriana necesita de organizaciones públicas auditadas de la manera más limpia posible.

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