“El racismo se está viviendo pero nadie lo está hablando”

Hace más de un año un grupo de jóvenes kichwas de Otavalo denunció un acto de discriminación racial

En una discoteca de la ciudad, se les negó la entrada por su etnia. Después de un largo proceso jurídico, la autoridad competente reconoció el hecho. Sé estableció que: la sentencia formaba parte de la reparación y las disculpas públicas quedaron a consideración del demandado. Hasta el momento no se han dado.

Cuando se produce un fenómeno de discriminación o de segregación, es un ataque a la identidad y como tal, lo describen los 10 jóvenes implicados en el caso. El sábado 26 de agosto de 2016, Michael  Delgado, Frida Muenala, Tania Quinchiguango y Huiqui Papsi acudieron a “Los Shots de La Jampa”. Las chicas que vestían ropa casual no tuvieron problema para ingresar, mientras que Delgado, que llevaba el cabello trenzado y sombrero;  fue detenido por el guardia del lugar. “Me dijo que no podía ingresar porque era indígena y las personas ‘así’ no podíamos entrar”, recuerda Delgado.

En el mismo establecimiento, Miguel Mármol vivió una situación similar la siguiente semana. Soledad Males y Viqui Lema se encontraban dentro de Los Shots; salieron para recibir a Mármol,  pero esta vez el guardia los detuvo a los tres.  “No señores, la gente así no puede ingresar”  a lo que Mármol respondió “¿Así cómo?” Y el guardia recalcó “Gente así: indígenas, no pueden ingresar”.

La misma madrugada, Hilda Males y Diego Cabascango intentaron ingresar al mismo bar y también se les negó el ingreso, ahora argumentando que era una fiesta privada. “Hablamos con varios chicos, todos conocían sobre la situación pero nadie hablaba, preferían evadir el tema. Recibíamos comentarios como ‘no hagan problema, entren a otro lugar’”, comenta Delgado.

El grupo de chicos solicitó hablar con el dueño del lugar, querían saber por qué se les había negado la entrada; fueron atendidos por el padre del dueño. “Trataba de evitar el tema de la discriminación con excusas como que se trataba de una fiesta privada, o que el local se encontraba a máxima capacidad. Ninguna de las dos escusas era verdadera. Los chicos que vestíamos ropa casual, podíamos ingresar sin problema”, detalla Soledad Males.

Tanto Michael Delgado como  Miguel Mármol presentaron denuncias individuales en la fiscalía de Otavalo en septiembre de 2016. Al no ver un avance, el grupo de jóvenes buscó la ayuda del Consultorio Jurídico Gratuito de la Universidad San Francisco de Quito. Los alumnos, con la supervisión de profesores clínicos, toman a su cargo casos reales y participan en todas las etapas necesarias para contribuir a su solución.

Los casos que maneja la Clínica Jurídica persiguen el interés público. “Se busca cambiar leyes y prácticas que tienen impacto en grandes segmentos de la sociedad. Los casos pueden involucrar asuntos de Derecho Constitucional, Derechos Humanos, Derecho Administrativo, Derecho Ambiental, Derecho del Consumidor”, comenta Diego Chávez, estudiante de jurisprudencia, que trabajó en el caso de discriminación presentado por los jóvenes kichwas.

El 7 de junio de 2017 en la Unidad Judicial Civil del Cantón de Otavalo,  presentaron una acción de protección. “Tenemos un criterio formado e intentamos que la situación  no nos afecte, seguimos el proceso pensando en los niños y adolescentes kichwas que viven situaciones similares a diario y lo van acoplando a su vida”, explica Mármol.

A las dos semanas se instaló la primera audiencia. La acción de protección solicitaba:

  • Se declare la violación de los derechos protegidos en los artículos 11(2) y 66(4) de la Constitución de la República.
  • De acuerdo al artículo 18 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, solicitaron se ordene la reparación integral por el daño material e inmaterial. En específico, solicitamos que la misma incluya:
    • Las garantías de no repetición del hecho
    • Disculpas públicas
    • La compensación económica que su autoridad considere pertinente por el daño sufrido.

Esta primera audiencia se suspendió para realizar una inspección en “Los Shots de la Jampa”. La jueza Valeria Hidalgo, que llevaba el proceso, negó la acción de protección afirmando que era improcedente, al existir ilegitimidad de personería en el accionado.

Ante esto los demandantes presentaron  una apelación ante la Corte Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Imbabura. La apelación se basó en el Artículo 24 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, artículo 256 del Código Orgánico General de Procesos, artículos 86 numeral 3 de la Constitución de la República, el cual establece que las sentencias de primera instancia podrán ser apeladas ante la corte provincial, y los procesos judiciales sólo finalizarán con la ejecución integral de la sentencia o resolución.

El artículo 4 numeral 7 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: “la jueza o juez tiene el deber de adecuar las formalidades previstas en el sistema jurídico al logro de los fines de los procesos constitucionales. No se podrá sacrificar la justicia constitucional por la mera omisión de formalidades”.

La segunda audiencia se realizó en la Corte Multicompetente de Ibarra. La sentencia fue emitida por los jueces Jaime Alvear,  José Colar y Luz Cervantes el 20 de julio de 2017. “Más allá del escrito judicial no ha surgido ningún efecto. Esperábamos un accionar más acorde con los hechos que vivimos, pero ya que no sucedió mantenemos las denuncias individuales en la fiscalía”, comenta Delgado.

Aula Magna solicitó una entrevista con el demandado, sin embargo fue negada.

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